En nuestra empresa, nos caracteriza la responsabilidad y seriedad en todo lo concerniente al bien sobre el que trabajamos como es la propiedad. Y en todo comienzo de contacto con un nuevo propietario, sea en un alquiler o una venta, requerimos del mismo para el trabajo, una AUTORIZACIÓN de VENTA o ALQUILER suscrita por el propietario, a veces no se explica la razón de ser y los fundamentos de este requisito, que intentaremos en este punto de opinión explicar detalladamente, a través de las preguntas que nos hacen cuando pedimos este instrumento para comenzar a trabajar una propiedad en la oferta, las preguntas más frecuentes son:
Qué es la Autorización de Venta o Alquiler y por qué la pedimos.
Qué puntos o cláusulas se expresan en esa autorización.
Qué obligaciones crea a cada parte la firma de la misma.
Qué es? Y Por qué se pide? En primer lugar, la autorización de venta, es el marco de seriedad, para el inicio en la búsqueda de un objetivo como es la venta o el alquiler de una propiedad, y se trata de un convenio particular que se celebra entre el Propietario (interesado en alquilar o vender su inmueble) y nuestro estudio (encargado de llevar a cabo esa tarea) con un objetivo común (la venta o el alquiler) estableciendo las pautas y obligaciones de trabajo para cada una de las partes.
Se pide, en la búsqueda de seriedad y responsabilidad, no tan solo entre estas dos partes, sino frente al futuro inquilino o comprador, a quien se le puede enseñar este convenio, donde se ha establecido un valor, un plazo de trabajo, y una confiabilidad ante el estudio en quien, como primer paso de toda negociación, confiará una reserva "ad-referendum" para alquilar o para comprar.
Si uno confía en un estudio inmobiliario, en la búsqueda de un fin, lo correcto es suscribir esta autorización donde por escrito se establece, el modo de llevar a cabo esta tarea.
Qué cláusulas contiene? Las cláusulas de este convenio, son muy cortas y sencillas, en primer lugar se deja expresado el titular del bien, como el inmueble que será objeto de la autorización, luego se establece, el precio de venta o alquiler, que el propietario acuerda, los gastos y condiciones, la autorización a colocar cartel o filmar un inmueble, o publicarlo en diario, revistas, internet, etc., siempre se establece un plazo (normal son 60 días) de exclusividad para el profesional en trabajar la propiedad, y una cláusula de rescisión o indemnización, para la revocación de la misma, o que la propiedad fuera vendida o alquilada sin la intervención del estudio. Lo importante en esto es que el estudio asume todos los gastos que demanda el trabajo, como ser publicidad televisiva, grafica, carteleria, movimiento del estudio, etc, jugando solo con el azar y el tiempo de duración de esta autorización, ya que si en el plazo establecido no se logro la venta o el alquiler, el mandante (propietario) queda libre de elegir otra inmobiliaria, sin que tenga que pagar un solo gasto de los que se hayan realizado.
En este punto, es donde se requiere de una coherencia, de parte de un propietario, en establecer reglas de juego, un plazo de tiempo de exclusividad por los gastos que demanda trabajar cualquier propiedad para alquilar o para vender.
Qué obligaciones crea esta autorización? Simplemente el compromiso en el plazo establecido a que únicamente el estudio lleve a cabo la realización de un alquiler o venta, y en las condiciones de precio, que están expresadas en esta autorización, el compromiso a respetar el precio que se pacta expresamente, donde para seguridad del mandante (vendedor), en nuestra actualidad, se establecen en las dos variantes de monedas Pesos o Dólares, teniendo en cuenta que ante un cambio monetario importante, se producirá la actualización de esta autorización. Por parte de nuestro estudio, el compromiso al trabajo durante ese plazo asumiendo todos los costos antes enunciados.
En nuestro estudio toda propiedad que se trabaja para el alquiler o para la venta, se hace en base a una Autorización de Venta o Alquiler suscrita por el Propietario.
Nuestra premisa es la búsqueda constante de SERIEDAD, RESPONSABILIDAD y PROFESIONALIDAD para nuestra tarea, y en estos pilares se fundamenta toda autorización de venta o alquiler, frente a las distintas partes que intervienen en toda locación o en toda compra-venta.
Martillero y Corredor Público (Reg. 2886)